A partir de este martes entrará en vigor el Reglamento para la utilización de los brazaletes electrónicos, con el cual se le otorgará el beneficio de libertad condicionada a primodelincuentes. De acuerdo con el texto publicado en la Gaceta Oficial, el programa entraría en tres etapas; de readaptación familiar, cumplimiento laboral y vigilancia.

chavobanda.jpgEn el primer caso, tendría una duración de 15 días en los cuales el beneficiado estará obligado a permanecer en el domicilio ese tiempo, “a efecto de recuperar las relaciones familiares que se perdieron o deterioraron con el motivo de su reclusión”.

La segunda etapa, iniciará el día 16, cuando el beneficiado tendrá la obligación de incorporarse a un empleo; y la tercera será para vigilar lo relacionado al trabajo, es decir, se realizará un cronograma de entradas y salidas, luego de que se entregue un documento comprobatorio con el nombre del patrón, domicilio de la empresa y jornada laboral.

Rigoberto Avila, subsecretario de Gobierno del DF, explicó que desde que entró en vigor esta reforma a la Ley de Ejecución de Sanciones Penales para el DF, inició la aplicación del programa, con la recepción de solicitudes y la adquisición del equipo.

Recordó que 300 primodelincuentes serán beneficiados con estas medidas, aunque todavía no tienen la fecha de inicio, debido a que todavía no concluye la adquisición del equipo ni la instalación del mismo. No obstante, aseguró que antes de que concluya la actual gestión, el programa estará operando al 100%.

En tanto, el Reglamento para el Otorgamiento del Beneficio de Reclusión Domiciliaria Mediante el Programa de Monitoreo Electrónico a Distancia para el Distrito Federal, establece que podrá ser otorgado a las personas que hayan sido sentenciadas a una pena corporal, debidamente ejecutoriada, por delitos del orden común.

En cuanto a la revocación del beneficio, la norma destaca que se puede perder cuando el beneficiado no se encuentre dentro del radio de monitoreo en el tiempo indicado en el cronograma, cuando se retire el dispositivo personal, al cambiar de domicilio sin autorización, alterar o modificar cualquier componente de monitoreo a distancia, e ingerir bebidas alcohólicas o estupefacientes, negarse a que se le practique un examen toxicológico y que se dicte en su contra auto de formal prisión, entre otras.

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